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¿Cómo reclamar la Hipoteca con IRPH?

¿Sabes cómo reclamar tu hipoteca con IRPH?. Se estima que en España hay entre 500.000 y 1.000.000 de hipotecas con IRPH.

**Artículo actualizado a fecha de 3 de marzo de 2020**

De igual manera que en un artículo anterior, hablamos sobre la noticia en la que el Tribunal Supremo había dado la razón al consumidor para reclamar la cláusula suelo de la hipoteca.

Finalmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea da la razón al consumidor.

Se abre la posibilidad de la reclamación por devolución de intereses de las hipotecas con el índice de de IRPH.

Sentencia IRPH marzo 2020

¿Qué es el IRPH?

Los préstamos con interés variable se han referenciado mayormente al EURIBOR pero también muchas con el índice de IRPH.

El Indice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), tiene a su vez tres variantes:

  • Cajas de Ahorro
  • Bancos
  • Conjunto de Entidades (bancos, caja de ahorro y cooperativas de crédito).

Es un índice que se calcula teniendo en cuenta la media aritmética de todos los préstamos hipotecarios concedidos para la compra de inmuebles en los tres años anteriores a su publicación.

Siempre resulta más elevado o caro que el EURIBOR. Ello sucede porque se tiene como base el tipo de interés final, incluido el diferencial o margen.

Dependerá de cada hipoteca, pero la diferencia con los préstamos hipotecarios referenciados al EURIBOR oscila entre el 1,5% al 3% de diferencia.

El IRPH desapareció de forma definitiva de conformidad con lo dispuesto en el D.A. 15 ª de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre.

Sin embargo es un infierno para millones de personas que aún tienen su hipoteca antigua.

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Y eso ¿cuánto dinero supone?

Por ejemplo:

En una hipoteca de hoy se deben 100.000€, el que haya firmado Euribor + 1% pagará 1.000€ de intereses anuales. Quien haya firmado IRPH + 0,5% pagará 2.500€.

Es decir, 1.500€ más.

Esta situación viene repitiéndose desde hace diez años, por lo tanto las cifras puedes ser muy altas.

Según el ejemplo anterior, hasta los 15.000€ de perjuicio

¿Qué dicen los Tribunales sobre reclamar la hipoteca con IRPH?

De igual forma a lo ocurrido con las cláusulas suelo, ha habido multitud de sentencias a favor y en contra de considerarlo cláusula abusiva.

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El Tribunal Supremo igual de anteriormente dictó a favor de la Banca. En sentencia 669/2017 de 14 de diciembre de 2017.

Pero aún así muchos Juzgados y Audiencias Provinciales siguen dictando en contra. Finalmente la salvación vendrá de Europa, el TRIBIUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE).

El TJUE: Sentencia da la razón al consumidor

El TJUE sigue el criterio que dio el día 10 de septiembre de 2019, el abogado general de la UE, Sr Szpunar, y dicta sentencia declarando que la cláusula pactada del tipo de interés (IRPH) no está excluida del ámbito de aplicación de la Directiva 93/13/CEE sobre las cláusulas abusivas con consumidores: Control de transparencia.

Es decir, considera que la forma de comercializarla fue ser abusiva. Aplicable en los casos en los que no se explicó bien de los riesgos.

Puntos clave del asunto

Vamos a resumir de forma sencilla, con palabras entendibles, los argumentos del Informe de Abogado General de la Unión Europea.

Primero: El índice IRPH es un índice legal.

Como el resto de los seis índices de referencia oficiales legales que pueden ser aplicados por las entidades de crédito a los préstamos hipotecarios con tipo de interés variable.

Segundo: el cliente tenía derecho de elección.

El cliente debería haber tenido la facultad de elegir entre los distintos tipos de referencia.

Se pone en duda que el Banco ofreciera esa posibilidad de elección.

Tercero: es el banco y no el cliente, quien tiene que probar que el cliente fue libre de elegir.

Esto es como cambiar la carga de la prueba contra el demandado.

Es decir, si el cliente dice que no tuvo la facultad de elección, el banco deberá demostrar que si que lo ofreció.

En consecuencia esto va a suponer una batalla: la prueba.

Cuarto: el Estado Español no transpuso correctamente la directiva de la UE en materia de protección del consumidor.

Al igual que sucedió con las cláusulas suelo, España no aplicó a nuestro ordenamiento jurídico debidamente las normas europeas.

En consecuencia, ello dio pie a que la praxis bancaria dejara desprotegido al cliente en innumerables casos.

Quinto: ¿cómo debiera haber sido? Con mayor transparencia.

En linea con todo lo anterior, es decir, para poder tener derecho de elección, el banco debería haber informado más detalladamente:

  • Dar la definición de el IRPH
  • Explicar cómo se calcula (método) y quién lo calcula (organismo)
  • Informar sobre la previsible evolución del índice IRPH y, también su comparación con la evolución del resto de índices de referenci alegales (EURIBOR, MIBOR, CECA, etc)

En definitiva, si los conceptos no son claros y comprensibles deben ser objeto de protección por el Juez nacional.

El profesional (banco), para cumplir, debe facilitar la información al consumidor con la exigencia de transparencia de la cláusula contractual.

Dicha cláusula fija un tipo de interés tomando como valor de referencia el IRPH, cuya fórmula matemática de cálculo resulta compleja y poco transparente para un consumidor medio.

Únicamente con información suficiente y trasparente el cliente puede valorar, basándose en criterios precisos y entendibles, las consecuencias económicas que del mismo se derivan para él.

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¿Qué cuestiones deben decidir los Tribunales Españoles?

Será competencia de la Justicia Española las consecuencias de la declaración de nulidad del IRPH por falta de transparencia.

Entendemos que estas cuestiones serán resueltas por cada juez nacional.

  • ¿Qué tipo de índice se aplicará una vez declarada la nulidad del IRPH?
    • Podrá ser, el sustitutivo si estuviera pactado en la escritura del préstamo, o el interés legal del dinero o, en su caso, puede darse que ninguno.
  • ¿Me devolverán los intereses pagados? ¿Desde cuándo?
    • Todo esto no se resuelve en la Sentencia de la Unión Europea.

¿Qué hacer ahora?

Aconsejamos, comenzar ya la reclamación formal al Banco, realizar los cálculos previos para saber cuánto dinero puedes reclamar por tu hipoteca con IRPH.

Recomendamos NO FIRMAR acuerdos con los bancos sin asesoramiento especializado.

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    Sandra Aurrecoechea Ríos