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Abogados en Valencia especialistas en Herencias y Testamentos
Es común que la gente confunda herencias y testamentos. Y aunque suelen ir de la mano, no son lo mismo. Es decir, puede haber testamentos sin herencias y, al contrario, herencias sin testamentos.
- El testamento es el documento por el cual una persona indica su voluntad respecto a como quiere que se repartan los bienes y dinero que tenga tras su muerte.
- La herencia, o mejor dicho, la aceptación y partición de herencia, es el acto por el cual se reparten los bienes.
Como es muy habitual que existan varios herederos, por ejemplo, el viudo o viuda junto con hijos, la partición de la herencia tiene un carácter contractual, es decir, se necesita el acuerdo de todos.
Es necesario aceptar y partir la herencia para poner cada bien a nombre de uno o varios herederos.
Por ejemplo, si una persona tiene un coche y muere, por el simple hecho de tener testamento los papeles del coche no cambian. La DGT ignora quién será el nuevo dueño, no sabe nada más que el titular ha fallecido. Si además, el fallecido deja tres hijos y una viuda ¿de quién es el coche?.
De igual manera, se aplica a los inmuebles, el dinero en cuentas bancarias, etc.
Los testamentos no especifican con exactitud como se deben de repartir y adjudicar los bienes. Más bien, dan unas pautas muy generales, que en ocasiones, generan conflictos de interpretación.
Es conveniente contar con un abogado experto en herencias y testamentos.
Primeramente, para explicar la problemática real de las herencias tras el fallecimiento. Y seguidamente, para redactar los testamentos lo más definidamente posible, como un «traje a medida».
¿Qué pasa si no hay testamento?
Aunque lo normal es hacer testamento en vida, algunas personas fallecen sin haber hecho testamento.
Esto tiene importantes consecuencias, sobre todo para el caso en que esté casado, y deje viudo o viuda. Pues la legítima viudal, según la ley es muy pequeña, y esto puede ser grave si los hijos exigen su herencia.
Impuestos de la herencia
Y por último, e igualmente importante o más, es la fiscalidad o impuestos que afectan a las herencias.
Especialmente, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, y la Plusvalía Municipal (I.I.V.T.N.U.).
El plazo para liquidar los impuestos hereditarios es de seis meses, pudiendo solicitar una prórroga de seis meses más.
El Impuesto de Sucesiones, es un impuesto a cargo de las Comunidades Autónomas, por tanto, varía mucho entre unas y otras. En la Comunidad Valenciana está muy bonificado, y en la mayoría de casos o no se paga nada o muy poco, pero cuidado, si no se liquida en plazo y Hacienda te requiere, se pierden las bonificaciones y puede salir caro.
Por ello, conviene hacerlo dentro del plazo legal.
Y ¿Qué pasa con las deudas?
Aconsejamos leer los siguientes artículos:
- Los avales también se heredan.
- Averiguar cargas y deudas antes de aceptar la herencia
- Solución a la herencia con deudas: derecho a deliberar y aceptación a beneficio de inventario.
Como Abogados expertos en Herencias y Testamentos en Valencia, estaremos encantados de atenderle, y resolver todas sus dudas.
Le aconsejamos que nos consulte Online ya sea a través de nuestro formulario de contacto o pida cita llamando al 963202876.
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PRIMEROS TRÁMITES DE LA HERENCIA
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