Cargas de una propiedad con la nota simple registral

La Nota Simple del Registro de la Propiedad

Información que me da una Nota Simple Registral y la importancia de pedirla siempre que vayamos a operar con un inmueble o parcela.

¿Qué es el Registro de la Propiedad? 

El Registro de la Propiedad, es un organismo oficial que depende del Ministerio de Justicia.

Todos los asuntos referentes a ellos están encomendados a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos y contratos relativos al dominio y demás derechos reales sobre bienes inmuebles.

Las expresadas inscripciones o anotaciones se harán en el Registro, en cuya circunscripción territorial radiquen los inmuebles.

¿Para qué sirve el Registro de la Propiedad?

Todos los asuntos referentes a ellos están encomendados a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

No es obligatorio.

La inscripción registral ofrece seguridad jurídica preventiva, es decir, una vez se inscriben las titularidades y derechos se encuentran bajo la salvaguardia de los Tribunales, y se considera como cierto aquello que consta inscrito.

Nos da seguridad jurídica.

Además, rige el principio de PRIOR INTEMPORE POTIOR IN IURE  “Primero en el tiempo, preferido en el Derecho”.

El que primero inscribe tiene prioridad sobre el inmueble.

registrador de la propiedad

¿A qué información del Registro de la Propiedad puedo acceder?

  1. La nota simple: La nota simple informativa registral contiene la identificación de la finca, la identidad del titular o titulares de los derechos inscritos sobre la misma –pleno dominio, hipoteca, usufructo…- y su extensión, naturaleza y limitaciones. Es una información de la titularidad actual, y sus cargas actuales.
  2. La nota de localización: la cual proporciona información meramente instrumental que tiene como objeto facilitar la localización del Registro, provincia y municipio donde una determinada persona física o jurídica tiene bienes o derechos inscritos.
  3. La certificación literal registral: Acredita fehacientemente el contenido de los asientos del Registro, desde la creación de la finca (inmatriculación) hasta la última anotación, con información extensa de cada acto que ha dado lugar a la inscripción y datos protegidos. La libertad o gravamen de los bienes inmuebles o derechos reales sólo podrá acreditarse en perjuicio de tercero por certificación del Registro.

Tiene la consideración y el valor probatorio de un documento público, y para solicitarla hay que indicar el interés que se tiene en su solicitud. 

Vamos a centrarnos ahora en la nota simple registral y su importancia en saber interpretar su contenido.

¿Qué es una Nota Simple Registral?

Las fincas o inmuebles tienen un numero de referencia, que se inscribe en el registro de la propiedad correspondiente a donde se ubique el inmueble. Es como si se tratara de la matricula del inmueble. Es información pública.

Si el inmueble, vivienda, parcela, local, etc… es de nueva creación, se procede a la creación de este número de finca registral, que conocemos como ‘inmatricular una finca‘. 

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¿Qué datos recoge la Nota Simple Registral?

Los datos que allí constan son: 

1. Si la finca es calificada como rústica o urbana, la calificación que tiene, ya sea de protección oficial o de renta libre, y su número de referencia o nº de finca registral. 

2. La descripción de la finca o inmueble. Ubicación, metros cuadrados, lindes, distribución interior, calificación urbanística. Ahora se coordina con el catastro para que exista concordancia entre los datos registrales y los catastrales.

3. Los datos del titular o propietario actual, y el título por el que es propietario (por declaración de obra nueva, herencia, donación, compraventa, liquidación de gananciales, subasta, etc…), la fecha en la que se adquirió, el notario en el que se llevó a cabo la operación o el procedimiento judicial en el que se lo adjudicó en nuevo propietario. 

4. Afecciones fiscales: Toda transmisión de la titularidad de un inmueble conlleva una afección de la finca al pago de los impuestos.

  • es una carga real, esto es, con independencia del obligado al pago de un impuesto
  • si no se paga existe una acción directa y prioritaria del inmueble a su abono.

Ejemplo: 

Ana compra una vivienda a Luis. Por la compra de la vivienda hay que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, (10% del valor de la vivienda o del valor catastral de referencia en la Comunidad Valenciana). Para asegurar el pago y su importe, la Agencia Tributaria, inscribe una afección fiscal por la compraventa durante 5 años, que es el periodo que tienen para comprobar el pago.

5. Cargas: es el apartado más importante y el que debe ser analizado por un abogado especializado. Refleja la situación del inmueble, en cuanto a las cargas que nos puede afectar y las limitaciones que tiene. 

6. Asientos pendientes de inscripción: Refleja que hay pendiente de inscripción alguna transmisión del inmueble o anotación de un embargo, afección por un concurso de acreedores, etc… que se han registrado la recepción pero que el Registrador tiene pendientes de inscribir.

¿Sabías que algunas cargas no constan en el Registro de la Propiedad?

Más información¿Qué información me facilita el apartado de cargas? 

  • De la existencia de servidumbres (de paso, de vistas, a favor de empresas suministradoras. Etc..)
  • La existencia de una garantía hipotecaria, y si hay un procedimiento judicial de ejecución del préstamo cuya garantía de cobro es el inmueble.
  • De la existencia de embargos: 
    • Administrativos (multas, impuestos impagados, deudas AEAT, deudas seguridad social, etc)
    • Judiciales. 
  • De la certificación de dominio y cargas. Nos indica de la existencia de un procedimiento judicial en curso cuya garantía del cobro del préstamo es el inmueble 
  • Del apremio de una deuda administrativa.
  • De la prohibición de disponer de su titular (usufructo, prohibición de disponer a favor de la AEAT, de contratos de opción de compra, etc…)
  • Las cargas urbanísticas: sobre si están afectos los terrenos por algún instrumento urbanístico, costes de urbanización, etc.. 
  • Afecto el inmueble a un concurso de acreedores.

Nota simple

Por esta razón, es muy importante, antes de realizar cualquier operación referente a un inmueble o parcela, analizar y conocer las posibles consecuencias que pueden generarnos la existencia de cargas sobre las fincas registrales.

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Autor: Sandra Aurrecoechea Ríos

Sandra Aurrecoechea Ríos