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Tengo el usufructo de una vivienda ¿quién paga los gastos?

Según el artículo 467 del Código Civil:

«el usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia, a no ser que el título de su constitución o la ley autoricen otra cosa”.

En el caso de inmuebles se puede también materializar en obtener los frutos civiles, es decir, las rentas.

¿Tienes dudas sobre los derechos del Usufructo o la Nuda Propiedad de una vivienda?

El usufructuario puede ocupar la vivienda o bien arrendarla y cobrar las rentas del alquiler.

Por tanto el usufructuario es quien disfruta del bien y el nudo propietario es quien tiene la titularidad.

Aunque el usufructo puede ser temporal, por un plazo determinado, la mayoría de casos son vitalicios. Es decir, el usufructo existe hasta la muerte del usufructuario.

Esto suele originarse tras la herencia, que normalmente se atribuyen en testamento el viudo o a la viuda el usufructo vitalicio y la nuda propiedad a los hijos.

Entonces surgen dudas, y a veces conflictos que vamos a resolverles.

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¿Quién paga el IBI o la Tasa de Basura?

A tenor del art. 61 de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, es el usufructuario, el contribuyente. En consecuencia le corresponde al que lo disfruta pagarlo.

En cuanto a la Tasa de Recogida de Residuos Sólidos, o comúnmente conocida por tasas de basura, le corresponde al usufructuario. Y ello porque es una tasa por un servicio público que recibe el usufructuario.

¿Cómo afecta el usufructo en la declaración de la renta?

Siguiendo la misma lógica del IBI, en la declaración de la renta o IRPF, será el usufructuario quien debe declararlo en su renta.

En caso de que sea su vivienda habitual no pagará nada, pero sí tendrá repercusión por el usufructo de otros inmuebles. Tributará en concepto de imputación de rentas inmobiliarias.

Usufructo

Y los gastos de comunidad ¿usufructuario o nudo propietario?

El Código Civil establece un criterio general:

  • Los gastos ordinarios corresponden al usufructuario.
  • El nudo propietario asumirá los gastos extraordinarios y los del capital.

Y ahí se genera confusión que nuestros Tribunales han aclarado de la siguiente manera.

Los gastos regulares, que normalmente son para pago de luz, limpieza, mantenimiento del ascensor, son a cargo del usufructuario.

¿Sabes lo qué es la compra o venta de la nuda propiedad con reserva del derecho de usufructo vitalicio?

En cambio, la derramas aprobadas para obras o reparaciones del inmueble son a cargo del nudo propietario.

Ejemplos:

  • impermeabilización de terrazas o tejados,
  • sustitución de bajantes aguas residuales
  • instalación o sustitución de ascensor.
  • Reparación de fachada, estructura
  • Obras de reforma o mejora.

En general aquellas que dan valor al inmueble, o que quedarán en beneficio del mismo cuando el usufructo finalice.

¿Y la reparaciones del inmueble?

Al igual que los gastos, las ordinarias corresponderán al usufructuario. Y las extraordinarias al nudo propietario.

reformar una casa

Se entienden como ordinarias la derivadas por el deterioro por el uso natural de las cosas, y también las necesarias para la conservación.

Ejemplos:

  • Rotura de una ventara
  • Una fuga aguas por rotura de grifo o cañería
  • Un fallo en un interruptor o enchufe…

Por el contrario, una extraordinaria sería por ejemplo:

  • Reparación total o parcial tras un incendio
  • El cambio de toda la instalación eléctrica por ser inservible…

¿Puedo reformar el piso si tengo el usufructo?

En este caso sucede como en el arrendamiento. . Pero no tendrá derecho a indemnización. Podrá retirarlas también, pero cuidado, deberá devolver el inmueble en el mismo estado en que lo recibió, y sobre todo sin detrimento de este.

Te hacemos un breve resumen en el siguiente vídeo:

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¿Sabes de puedes vender la nuda propiedad aunque haya un usufructo?

En ocasiones el nudo propietario tiene necesidad de vender el inmueble pero el usufructuario o bien se niega o bien exige una cantidad muy elevada.

Cabe la posibilidad de vender la nuda propiedad (ver), de forma separada e independiente al usufructo. Si bien dependerá la edad de usufructuario para ver si encontraremos un comprador que lo valore rentable según el precio.

¿Tienes el Usufructo o la Nuda Propiedad de una vivienda?

En Marín y Mateo Abogados somos abogados especialistas en derecho inmobiliario y de herencias en Valencia, Madrid y Barcelona.

Por ello, nos gusta manteneros informados de todas las novedades del sector inmobiliario.

Además, la experiencia nos avala con numerosos casos resueltos satisfactoriamente.

Tanto si eres usufructuario o nudo propietario de una vivienda y necesitas un abogado que estudie tu situación, estamos a tu disposición.

Ponte en contacto con nuestro despacho de abogados de Valencia.

Llámanos al 963 202 876, o realiza tu consulta a través de nuestro formulario ONLINE, y resolveremos tus dudas en la mayor brevedad posible.

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Abel Marín