extinción de condominio y proindiviso

¡Qué no te la cuelen!: gastos de una extinción de condominio

En una disolución de condominio, se debe tener en cuenta que se pagarán una serie de impuestos, que pueden variar dependiendo de las circunstancias específicas de cada situación, por lo que en todo caso es aconsejable estar asesorado de un profesional.

¿Qué es un proindiviso?

Un proindiviso existe cuando una persona tiene un derecho de propiedad sobre una parte de un bien, no sobre la totalidad, compartiendo la misma con otras personas.

Las situaciones en que puede darse un proindiviso son muy amplias, pero las más comunes suelen ser:

  • cuando los herederos en una sucesión comparten una copropiedad
  • cuando se liquida una sociedad de gananciales tras un divorcio
  • o por el cambio del régimen económico matrimonial.

Existen, además, proindivisos que son divisibles y otros indivisibles.

Te contamos todo con más detalle en el siguiente vídeo:

YouTube player

 

¿Qué impuestos se aplicarán cuando la extinción de condominio se produce por la adjudicación de un propietario de la cuota del otro?

Actos Jurídicos Documentados (AJD)

Cuando uno de los copropietarios se adjudica la parte del otro u otros propietarios de un mismo bien, dicha extinción de condominio no se considera transmisión patrimonial.

Dado que el bien no es divisible, una de las formas de extinción de la comunidad es que uno de los propietarios se adjudique la propiedad en su totalidad, compensando este al resto por su parte.

Siendo así, la disolución de condominio está gravada por el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, por el valor total de la operación, en este caso, el valor total actual del piso.

La extinción de condominio es una forma de adjudicarse la plena propiedad de una vivienda, de una manera más económica fiscalmente, cuando ya se tiene parte de la misma, que comprando su parte a los otros copropietarios, ya que en la extinción se paga un impuesto más beneficioso, el cual varía según la Comunidad Autónoma.

Plusvalía (IIVTNU)

Las extinciones de condominio no están sujetas a Plusvalía Municipal o Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Esto se debe a que no se considera una transmisión patrimonial, por cuanto no se produce el hecho imponible gravado por este impuesto. No obstante, si se vende la propiedad a un tercero, sí estaría sujeta.

Al no considerarse una transmisión patrimonial, la vendedora no tendrá que declarar por la Plusvalía Municipal o Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU).

Se tributará cuando se transmita posteriormente, teniéndose en cuenta en ese momento a todos los efectos la fecha de adquisición original, y sin considerar la extinción de condominio realizada.

IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas)

Es preciso que las adjudicaciones que se realicen en la extinción se correspondan con la cuota de titularidad, ya que si se produjera un exceso de adjudicación, sí se produciría una variación patrimonial en la persona que recibe la compensación.

Dicha variación debe declararse de la misma forma que cuando se produce una transmisión patrimonial: por diferencia entre el valor de lo recibido (valor actual de la parte del inmueble que se transmite) y el valor de su cuota en el momento de la adquisición.

¿Qué es la Extinción de Condominio?

Más información

¿Qué impuestos se aplicarán cuando la extinción de condominio se produce por la venta de una parte de la NUDA PROPIEDAD A UN TERCERO?

Debemos tener en cuenta que en este caso se aplicará las mismas reglas que cuando se vende una vivienda en pleno dominio, esto es, deberás pagar los mismos impuestos, pero teniendo en cuenta solo el porcentaje que se vende:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): se deberá declarar la ganancia que estés obteniendo como consecuencia de la venta de tu porcentaje, esto es, el incremento patrimonial que obtienes al vender.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): se abonará por la persona que adquiere el bien en condominio. La base imponible sería el valor real (de mercado) del bien o de la porción del bien. Se aplicará el tipo que cada Comunidad Autónoma tenga establecido, ya que es un impuesto cedido.
  • Plusvalía Municipal/Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU). Este impuesto lo pagará, como en el IRPF, quien transmite su cuota en un inmueble.

Todo lo que debes saber sobre la NUDA PROPIEDAD

Más información

¿Existen otros gastos que deben ser tenidos en cuenta?

La disolución de condominio debe realizarse en Escritura Pública ante notario, y tras ello proceder a la inscripción en el Registro de la Propiedad.

Se deberá proceder con el abono de los referidos gastos, que supondrá un gasto medio de entre el 0,2% y el 0,5% sobre el valor cedido.

¿Tienes un condominio que quieres disolver?

En Marín y Mateo Abogados somos expertos en derecho inmobiliario y administrativo, podemos ayudarte a solventar esta cuestión.

¿Cómo puedes consultar a nuestro despacho de abogados en Valencia, Madrid y Barcelona?

Ponemos a tu disposición los siguientes canales:

Imagen de Freepik
María Chantal Nieto García
Últimas entradas de María Chantal Nieto García (ver todo)