hacer testamento coronavirus

Hacer Testamento durante epidemia o peligro de muerte

Durante esta crisis del coronavirus, hay personas que se preguntan como hacer testamento de forma urgente.

Situaciones tales como la que estamos sufriendo nos despiertan en la cabeza una preocupación que muchos la teníamos “dormida”. ¿Qué pasará con “lo nuestro” si el coronavirus provoca fatales consecuencias?. ¿Cómo hacer testamento urgente?

Hay que tener esperanza en que no pasará nada, pero hay que ser realistas y reconocer que puede pasar.

Ante una situación de extrema necesidad, como es la actual crisis sanitaria, en la que, por desgracia, hayamos resultado infectados por el virus, debemos saber, que podemos: hacer testamento o cambiar el que teníamos hecho.

Y si estoy muy enfermo sin poder ni escribir ni moverme…

Y no estamos hablando de ir al notario saltándonos las prohibiciones de salir de casa.

Hacer testamento Urgente

Pero según la Dirección General del Registro y del Notariado, es el propio notario quien decide la urgencia o no hacer testamento. Y  en estado de alarma será muy excepcional que un notario considere que hay urgencia.

Al margen de lo anterior, existen dos posibilidades previstas en nuestro Código Civil, artículo 700 y siguientes. Éstas ya se usaron cuando España, y el resto del mundo, atravesó por otra epidemia como fue la gripe española de 1918: el testamento en caso de epidemia y el testamento en peligro de muerte.

En ambos casos podemos hacer testamento urgente sin necesidad de que intervenga un notario, siendo posible hacerlo por escrito o de manera verbal.

La diferencia entre uno y otro consiste en el número de testigos que deben estar presentes; en el testamento en caso de epidemia son suficiente 3 testigos, siempre que tengan más de 16 años, en cambio, en el testamento en peligro de muerte, son necesarios 5 testigos idóneos.

Artículo 701 del Código Civil

En caso de epidemia puede igualmente otorgarse el testamento sin intervención de Notario ante tres testigos mayores de dieciséis años.

El problema de hacerlo de forma verbal es que el contenido, salvo que sea muy simple, corre el riesgo de no ser recordado por los testigos de forma detallada. Siempre que sea posible debemos hacer testamento escrito o manuscrito (ológrafo).

Pasada la epidemia el testamento pierde su validez

Hay que tener en cuenta que el testamento será ineficaz si pasan dos meses desde el cese de la epidemia o desde que el testador haya salido del peligro de muerte. En cuyo caso, deberán proceder a otorgar estamento en la forma habitual, ante notario y por escrito.

Además, en caso de fallecimiento del testador, quedará ineficaz el testamento si dentro de los tres meses siguientes no se acude al Notario para que lo eleve a escritura pública.

Se trata de posibilidades con las que cuenta nuestro ordenamiento jurídico.

Ojalá no sea necesario utilizarlas, pero es conveniente que los ciudadanos las conozcamos, si no para nosotros, para los que podamos tener cerca.

Ahora, la información es oro.

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Ánimo y esperanza a todos. Un fuerte abrazo.

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Cuando termine esta la situación de riesgo te aconsejamos que hagas TESTAMENTO

Jorge Martorell
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