Ventajas de nombrar un Contador-Partidor en el testamento
Contador-partidor es la figura legal encargada de repartir una herencia cuando así lo dispone el testador o lo acuerdan los herederos.
Su función principal es realizar una partición justa de los bienes, evitando conflictos y procedimientos judiciales.
Al actuar como un tercero imparcial, facilita la ejecución de la voluntad del causante y reduce costes y plazos.
Es especialmente útil en herencias complejas o cuando se prevén tensiones familiares.
En este artículo analizamos cuándo conviene designar un contador-partidor, sus ventajas, posibles inconvenientes y cómo puede ayudarte a asegurar una sucesión ordenada y conforme a la ley.
¿Por qué nombrar un contador-partidor en el testamento?
Al planificar una herencia, una decisión clave es si conviene designar a un contador-partidor, una figura prevista en el Código Civil para facilitar el reparto de los bienes entre herederos.
¿Qué es un contador-partidor?
Es la persona encargada de realizar la partición de la herencia conforme a la voluntad del testador, respetando las legítimas de los herederos. Puede ser nombrado directamente en el testamento o, si no lo hay, por vía notarial con el acuerdo de dos tercios del haber hereditario (Art. 1057 CC).
Ventajas de nombrar un contador-partidor
1. Evita conflictos y juicios entre herederos
Permite una partición extrajudicial que evita el procedimiento judicial de división de herencia (Art. 1059 CC y 782 LEC).
📌 La Audiencia Provincial de Madrid, en su Sentencia 392/2019, destaca que el contador-partidor dativo permite “salir rápida y sencillamente de la indivisión”.
2. Aporta rapidez y eficiencia
Al no requerir intervención judicial, el proceso es más ágil y, en general, menos costoso (Art. 786 LEC).
3. Garantiza el cumplimiento de la voluntad del testador
Actúa como ejecutor del testamento, asegurando que se respete lo establecido en él, siempre sin perjudicar las legítimas.
4. Imparcialidad
El Código Civil (Art. 1057) impide que sea uno de los herederos, lo que refuerza su objetividad.
5. Protección de herederos vulnerables
En presencia de menores o personas con discapacidad, se exige la intervención de sus representantes legales durante la elaboración del inventario.
Posibles inconvenientes
1. Coste económico
Sus honorarios se deducen de la herencia (Art. 1064 CC), lo que puede no ser necesario en herencias simples y con buena relación entre herederos.
2. Limita la autonomía de los herederos
No pueden partir por sí mismos mientras exista un contador-partidor, salvo que haya acuerdo unánime entre mayores de edad y no haya prohibición expresa del testador (STS 668/2012, de 14 de noviembre).
3. Riesgo de extralimitación
Su función es “contar y partir”, no vender bienes u operar fuera del mandato. Si lo hace, su actuación puede impugnarse judicialmente.
¿Cuándo es especialmente recomendable?
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Herencias con muchos bienes o de distinta naturaleza.
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Familias con relaciones tensas o previsión de desacuerdo.
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Presencia de menores o herederos con discapacidad.
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Deseo del testador de adjudicar bienes concretos a personas determinadas.
En herencias sencillas, con buena relación familiar, podría no ser necesario.
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5 Preguntas frecuentes (FAQs)
1. ¿Quién puede ser contador-partidor?
Cualquier persona mayor de edad y no heredero, normalmente alguien de confianza o un profesional como un abogado o notario.
2. ¿Qué ocurre si los herederos no aceptan su partición?
Si actúa dentro de sus funciones, la partición es válida. Puede impugnarse si se extralimita.
3. ¿Es obligatorio nombrar un contador-partidor?
No, pero es muy recomendable en herencias complejas o con riesgo de conflicto.
4. ¿Se puede nombrar después del fallecimiento?
Sí, por vía notarial si no hay disposición en el testamento, con acuerdo de los herederos.
5. ¿Cuánto cobra un contador-partidor?
Sus honorarios dependen de la complejidad de la herencia. Se deducen del caudal hereditario.
Conclusión
Nombrar un contador-partidor puede ser clave para evitar disputas entre herederos y agilizar el reparto de la herencia. Su intervención garantiza una partición equitativa y conforme al testamento, respetando los derechos de todos los implicados.
Aunque no siempre es necesario, resulta muy recomendable en herencias complejas o con posibles desacuerdos. Contar con esta figura aporta seguridad jurídica y tranquilidad a los herederos.
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