Cambiar el régimen matrimonial

¿Puedo cambiar el régimen económico matrimonial?

El matrimonio es una institución que evoluciona con el tiempo, al igual que las circunstancias personales y económicas de la pareja. Aunque al casarse se establece un régimen económico (ya sea por elección o por defecto), la legislación española permite cambiar el régimen económico matrimonial para adaptarlo a nuevas realidades.

Lejos de ser un signo de desconfianza, este cambio representa un acto de previsión y responsabilidad que aporta seguridad jurídica tanto a los cónyuges como al entorno familiar.

¿Cuáles son los motivos para cambiar el régimen económico matrimonial?

Las razones para modificar el régimen económico matrimonial son muy diversas, pero entre las más comunes destacan:

  • El inicio de una actividad empresarial por parte de uno de los cónyuges.

  • La necesidad de proteger el patrimonio familiar ante posibles deudas futuras.

  • La voluntad de adaptar la gestión económica a una nueva etapa vital.

En todos estos casos, cambiar el régimen puede suponer una protección clave frente a riesgos y malentendidos.

¿Cómo se puede cambiar el régimen económico matrimonial?

Requisitos legales para cambiar el régimen económico matrimonial

El cambio debe realizarse mediante el otorgamiento de capitulaciones matrimoniales, un contrato que requiere el consentimiento expreso de ambos cónyuges.

El proceso implica:

  1. Acuerdo mutuo: Ambos deben estar plenamente de acuerdo.

  2. Escritura pública: Las capitulaciones deben formalizarse ante notario, conforme al artículo 1327 del Código Civil.

  3. Inscripción en el Registro Civil: Para que tenga efectos frente a terceros, el cambio debe anotarse al margen de la inscripción matrimonial (art. 1333 del Código Civil).

Cambiar el régimen económico matrimonial de gananciales a separación de bienes

Una de las modificaciones más habituales es pasar del régimen de sociedad de gananciales al de separación de bienes. Este cambio implica nuevas reglas económicas entre los cónyuges y requiere —si se desea repartir los bienes comunes— la liquidación previa de la sociedad de gananciales.

¿Cómo se liquida la sociedad de gananciales?

  1. Inventario: Se enumeran todos los bienes y deudas gananciales.

  2. Pago de deudas: Se saldan las cargas comunes.

  3. Reparto del remanente: El resto del activo se divide por mitades.

Este proceso puede realizarse en la misma escritura de capitulaciones o en un momento posterior.

Ejemplo práctico: el caso de Lola y Carlos

Lola y Carlos se casaron en Madrid hace 10 años bajo el régimen de gananciales. Lola decide emprender como autónoma y, al informarse, descubre que su nuevo negocio podría poner en riesgo los bienes comunes del matrimonio.

Tras asesorarse, deciden cambiar su régimen económico matrimonial a separación de bienes y liquidan la sociedad de gananciales. De este modo, las deudas del negocio de Lola solo podrán afectar a su patrimonio privativo, quedando a salvo el de Carlos.

La liquidación de la sociedad de gananciales: formación de inventarioMás información

¿Y si se quiere volver a la sociedad de gananciales?

También es posible el camino inverso: pasar de un régimen de separación de bienes a uno de gananciales. Esto suele darse cuando los cónyuges quieren compartir su patrimonio en un proyecto económico común.

Como no existe una masa ganancial previa, no es necesario liquidar nada. Basta con otorgar capitulaciones que establezcan el nuevo régimen.

¿Qué efectos tiene el cambio frente a terceros?

Aunque el nuevo régimen surte efecto entre los cónyuges desde la firma ante notario, para que afecte a terceros (como acreedores), es esencial inscribirlo en el Registro Civil.

Además, la ley protege los derechos adquiridos por terceros antes del cambio. Por ejemplo, un acreedor de la sociedad de gananciales podrá seguir reclamando sobre bienes que eran comunes antes de la modificación.

Conclusión: una herramienta para la tranquilidad jurídica

Cambiar el régimen económico matrimonial es una opción legal útil y flexible que permite a las parejas adaptar su economía al momento vital que viven. Tomar esta decisión con asesoramiento experto puede evitar conflictos futuros, proteger el patrimonio familiar y facilitar una gestión económica más clara y eficiente.

Te lo contamos todo con más detalle en el siguiente vídeo:

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Preguntas frecuente sobre el cambio de régimen matrimonial

¿Se puede cambiar el régimen económico matrimonial en cualquier momento?

Sí, siempre que exista acuerdo entre ambos cónyuges y se formalice mediante capitulaciones matrimoniales ante notario.

¿Cuánto cuesta cambiar el régimen económico matrimonial?

Depende del notario y de si se liquida también la sociedad de gananciales en la misma escritura, lo que puede aumentar el coste.

¿Cambiar el régimen económico matrimonial afecta a las deudas anteriores?

No elimina deudas previas ni perjudica derechos ya adquiridos por terceros; las obligaciones anteriores pueden seguir siendo reclamables.

¿Es obligatorio liquidar los gananciales al cambiar a separación de bienes?

No es obligatorio hacerlo en el mismo momento, pero sí es recomendable si se quiere repartir los bienes comunes y evitar conflictos futuros.

¿El cambio tiene efectos inmediatos o hay que inscribirlo?

Entre los cónyuges tiene efectos desde la firma, pero para que sea oponible a terceros conviene inscribirlo en el Registro Civil.

Rocío Ocaña Villena