Sentencia extranjera: ¿es válida en España?
¿Cómo reconocer una sentencia extranjera y ejecutarla en España?
‘Sentencia extranjera’ y ‘efectos en España’ no siempre van de la mano. Haber ganado un juicio en otro país no significa automáticamente que puedas cobrar una deuda, inscribir un divorcio o hacer valer esa resolución ante los tribunales españoles. Para conseguirlo, habrá que comprobar de qué país procede la sentencia, qué materia regula y si necesita reconocimiento, ejecución o un procedimiento de exequátur.
Sentencia extranjera: ¿tiene validez automática en España?
Una sentencia extranjera puede producir efectos en España, pero el procedimiento aplicable cambia según el país en el que se haya dictado y el asunto que resuelva.
Antes de iniciar ningún trámite, es necesario comprobar:
- El país de origen de la resolución.
- Si existe un reglamento de la Unión Europea aplicable.
- Si España tiene un convenio internacional con ese país.
- Si la resolución es firme o ejecutiva.
- Si se pretende reconocerla, ejecutarla o inscribirla en un registro español.
- Si se respetaron los derechos de defensa de todas las partes.
Por tanto, no existe una única respuesta válida para todos los casos.
Sentencia extranjera de la Unión Europea
Cuando la sentencia extranjera procede de otro Estado miembro de la Unión Europea, normalmente se aplican las normas europeas de reconocimiento y ejecución.
En materia civil y mercantil, el Reglamento (UE) 1215/2012 permite, con carácter general, que una resolución dictada en un Estado miembro sea reconocida en los demás sin necesidad de acudir previamente a un procedimiento especial de exequátur.
Esto no significa que baste con presentar una simple fotocopia. Habitualmente será necesario aportar:
- Una copia auténtica de la resolución.
- El certificado europeo correspondiente.
- Una traducción cuando sea necesaria.
- La documentación exigida para iniciar la ejecución en España.
Además, existen materias excluidas del Reglamento 1215/2012 y ámbitos que cuentan con normas europeas específicas, como determinadas cuestiones matrimoniales, de responsabilidad parental, alimentos o sucesiones.
Sentencia extranjera de un país no perteneciente a la UE
Cuando la sentencia extranjera procede de un Estado que no pertenece a la Unión Europea, el primer paso es comprobar si existe un tratado bilateral o multilateral aplicable.
Cuando no resulte aplicable un reglamento europeo ni un convenio internacional, el reconocimiento y la ejecución se regulan, con carácter general, por la Ley 29/2015, de cooperación jurídica internacional en materia civil.
En estos supuestos suele ser necesario solicitar el exequátur ante los tribunales españoles.
Sentencia extranjera y procedimiento de exequátur
¿Qué es el exequátur?
El exequátur es el procedimiento judicial mediante el cual se solicita que una sentencia extranjera sea reconocida en España.
Dicho de forma sencilla, el tribunal español no vuelve a juzgar el conflicto ni decide nuevamente quién tenía razón. Su función es comprobar que la resolución extranjera cumple los requisitos necesarios para producir efectos jurídicos en nuestro país.
Entre otras cuestiones, se revisará que la sentencia no sea contraria al orden público español, que se hayan respetado los derechos de defensa y que no resulte incompatible con otra resolución existente.
Sentencia extranjera: motivos por los que puede denegarse
El reconocimiento de una sentencia extranjera puede denegarse, entre otros supuestos, cuando:
- Sea manifiestamente contraria al orden público español.
- Se haya dictado vulnerando los derechos de defensa de una de las partes.
- El tribunal extranjero haya resuelto sobre una materia reservada exclusivamente a los tribunales españoles.
- Exista en España una resolución incompatible entre las mismas partes.
- Exista otra resolución anterior incompatible que reúna las condiciones para ser reconocida.
- Ya estuviera pendiente en España un procedimiento entre las mismas partes y sobre el mismo objeto iniciado antes que el procedimiento extranjero.
El tribunal español no puede denegar el reconocimiento simplemente porque habría resuelto el asunto de otra manera.
Sentencia extranjera: reconocimiento y ejecución no son lo mismo
Reconocer y ejecutar una sentencia extranjera son actuaciones relacionadas, pero diferentes.
El reconocimiento permite que la resolución produzca efectos jurídicos en España. Por ejemplo, puede servir para hacer valer una situación jurídica ya declarada o para invocar el efecto de cosa juzgada.
La ejecución, en cambio, pretende que se cumpla forzosamente lo ordenado. Puede ser necesaria para cobrar una cantidad, embargar bienes o exigir el cumplimiento de una obligación.
Una sentencia puede necesitar únicamente reconocimiento o requerir, además, su ejecución ante los tribunales españoles.
Sentencia extranjera en divorcios, herencias y reclamaciones
La necesidad de reconocer una sentencia extranjera aparece con frecuencia en situaciones como:
- Divorcios dictados fuera de España.
- Medidas relativas a hijos menores.
- Pensiones de alimentos.
- Reclamaciones de cantidad.
- Incumplimientos contractuales.
- Conflictos mercantiles.
- Adjudicaciones relacionadas con una herencia.
- Resoluciones que deben acceder al Registro Civil, de la Propiedad o Mercantil.
Cada materia puede estar sometida a una normativa distinta. Por eso, antes de hablar de exequátur, conviene identificar con precisión el tipo de resolución y el efecto que se quiere conseguir en España.
¿Y cómo se tramita?
¿Dónde se pide?
La solicitud se realiza mediante demanda ante los Tribunales de Instancia. Y un dato importante: es obligatorio comparecer con abogado y procurador. No es un trámite de ventanilla, es un proceso judicial.
Documentación necesaria.
La sentencia extranjera original o copia auténtica, y que sea firme —que ya no quepan recursos contra ella—. Además, dos requisitos que dan mucha guerra en la práctica:
- la sentencia debe venir legalizada o con la Apostilla de La Haya y,
- si está en otro idioma, con traducción jurada. Parece menor, pero la mitad de los retrasos vienen de ahí.
¿Qué comprueba el juez?
Sobre todo, que la sentencia no sea contraria a nuestro orden público y que se hayan respetado los derechos de defensa de ambas partes: por ejemplo, que al otro cónyuge se le citara en condiciones y pudiera defenderse. Lo que el juez no hará es discutir si el divorcio estuvo bien o mal concedido. Eso ya está juzgado.
Sentencia extranjera: documentos que pueden solicitarse
Aunque dependerá del país de origen y de la normativa aplicable, para reconocer o ejecutar una sentencia extranjera pueden ser necesarios:
- Copia auténtica de la resolución.
- Documento que acredite su firmeza o fuerza ejecutiva.
- Certificado expedido por el órgano judicial de origen.
- Documento que acredite la correcta notificación al demandado.
- Apostilla de La Haya o legalización, cuando proceda.
- Traducción jurada al castellano o a la lengua oficial correspondiente.
- Poder para pleitos.
- Documentación sobre los bienes o el domicilio de la parte contraria.
Reunir correctamente estos documentos desde el principio evita retrasos, requerimientos judiciales y gastos innecesarios.
¿Es necesario abogado y procurador?
En el procedimiento de exequátur regulado por la Ley 29/2015, la solicitud debe presentarse mediante abogado y procurador.
También es recomendable contar con asesoramiento previo cuando se trate de una resolución europea. Aunque no sea necesario tramitar un exequátur, pueden surgir problemas con el certificado, la traducción, la ejecución o la oposición de la otra parte.
Un estudio previo permite determinar cuál es el procedimiento correcto y evitar iniciar un trámite que no resulte necesario.
Un ejemplo para entenderlo
Laura es española. Vivió en Ecuador, se casó allí y allí se divorció. En aquella sentencia de divorcio, el juez ecuatoriano fijó una pensión de alimentos para el hijo de ambos: el padre debe pasar una cantidad todos los meses. Hasta ahí, todo en orden.
El problema llega cuando el exmarido se traslada a España, trabaja aquí, cobra su nómina aquí… y deja de pagar. Laura tiene la sentencia en la mano, firme, que dice negro sobre blanco que tiene que pagar. Acude al juzgado español para que le embarguen la nómina y cobrar lo que le deben al niño.
¿Y qué se encuentra? Que el juez español, de entrada, no puede embargar nada. Porque esa sentencia es ecuatoriana y, para ejecutarla aquí —para cobrar de verdad—, primero hay que reconocerla y autorizar su ejecución en España. Es decir: primero el exequátur y después el embargo. Sin ese paso previo, la sentencia, por buena que sea, no mueve un solo euro en España. Ahí es donde mucha gente pierde meses: cree que con tener la sentencia basta. Y no. Para ejecutar, el exequátur no es opcional: es obligatorio.
Te lo explicamos de manera más completa en el siguiente vídeo:

Preguntas frecuentes
¿Una sentencia extranjera es válida directamente en España?
Depende del país de origen, de la materia y de la norma aplicable. Algunas resoluciones de la Unión Europea se reconocen sin un procedimiento especial, mientras que otras necesitan exequátur.
¿Qué es el exequátur de una sentencia extranjera?
Es el procedimiento judicial mediante el cual se solicita el reconocimiento en España de una resolución dictada por un tribunal extranjero. No supone volver a juzgar el asunto.
¿Cuánto tarda en reconocerse una sentencia extranjera?
No existe un plazo único. Dependerá del juzgado competente, de la documentación presentada, de si la otra parte se opone y de la complejidad del caso.
¿Necesito traducir y apostillar una sentencia extranjera?
Con frecuencia se exige una traducción válida y, cuando corresponda, la Apostilla de La Haya o la legalización diplomática. Sin embargo, los requisitos cambian según el país y la normativa aplicable.
¿Puedo cobrar en España una deuda reconocida por una sentencia extranjera?
Sí, siempre que la resolución pueda ser reconocida y ejecutada en España. Después será necesario localizar bienes o derechos embargables del deudor.
¿Necesita reconocer o ejecutar un exequátur en España?
En Marín y Mateo Abogados podemos estudiar su caso, indicarle qué procedimiento corresponde y acompañarle durante todo el proceso.
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