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¿Es obligatorio contratar un seguro con la hipoteca?

Con la entrada en vigor de la NUEVA LEY HIPOTECARIA, el próximo 16 de junio de 2019, los bancos no podrán vincular la contratación de un seguro, o varios, con la hipoteca.

Es decir, que no podrán condicionar la concesión del préstamo hipotecario. El seguro que suelen ofrecer junto con la hipoteca es:

  • el seguro de vida
  • de hogar y
  • de protección de pagos

Ello no quiere decir que no se puedan contratar seguros vinculados al préstamo hipotecario. Hay excepciones.

¿Cómo evitar que te obliguen a contratar un seguro con la hipoteca?

Podrán ofrecer seguros siempre y cuando sea beneficioso para el prestatario. Además, el banco deberá ofrecer distintas propuestas de pólizas de seguros o el propio prestatario aporte alguna otra.

La propia entidad podrá exigir al prestatario la suscripción de algún seguro.Abogados en Valencia para divorcios amistosos y seguro con la hipoteca

Normalmente son:

  • los de protección de pagos
  • seguro de daños
  • seguro de vida
  • el seguro de hogar.

Pero pero no podrá imponerles la contratación de sus propios seguros o de las empresas del grupo. Deberá ofrecer varios seguros o incluso el prestatario aportar alguno que le sea más favorable.

Hay que recordar que el único seguro obligatorio de la hipoteca es que asegura en contenido, es decir la edificación que se hipoteca. Pero ni siquiera es obligado contratar dicho seguro con el mismo banco. El cliente puede contratarlo con la compañía que desee y poner como beneficiario al banco por el capital de préstamo que quede pendiente de pago.

Pero, ¿qué pasa, si el banco me da unas condiciones si contrato algún tipo de seguro y si no lo hago me ofrece otras condiciones de le préstamo hipotecario menos ventajosas?.

Ahí es donde es importante analizar las condiciones del préstamo por un especialista en derecho hipotecario y bancario.

Con independencia de lo anterior, los seguros tienen su propia regulación y de acuerdo con el Art. 83.a de la Ley 50/1980 de 8 de Octubre sobre regulación del contrato de seguro, podrá realizarse la resolución unilateral del contrato del seguro por la parte prestataria durante los 30 días siguientes a la formalización del mismo.

Aunque tu hipoteca esté vinculada a la contratación de un seguro, no estás obligado a mantenerlo. Puedes resolverlo de forma unilateral en el plazo de 30 días desde su contratación sin penalización.

En tal caso, excepto los días de vigencia, te deberán devolver la prima de la póliza en el plazo de un mes desde su solicitud.

No obstante, siempre es mejor prevenir que curar, por ello te aconsejamos que te informes con carácter previo a la suscripción de cualquier préstamo.

El equipo de MARIN & MATEO ABOGADOS te explicará todas las consecuencias de las cláusulas del préstamo.

No se trata de firmar o no los papeles que nos ponen delante… se trata de entenderlo y firmar o no firmar sabiendo lo que se firma y cuánto dinero supone.

Ponte en contacto con nosotros llamándonos al 963 202 876 o escríbenos tus dudas o consultas a través del formulario que ponemos a tu disposición en nuestra Web.

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Abel Marín