Herencias y donaciones Comunidad Valenciana

La Partición de Herencia

La partición de la herencia es lo mismo que el reparto de la herencia. Normalmente se realiza de forma simultánea a la aceptación de herencia.

¿DEBEMOS ESTAR TODOS LOS HEREDEROS DE ACUERDO PARA HACER LA PARTICIÓN DE HERENCIA?

Lo más común y sin duda la mejor opción es que todos los herederos o legatarios, estén conformes con el reparto. Pero pueden suceder otras situaciones las cuales finalizan igualmente con el reparto o partición de la herencia. Las analizamos lo forma más breve posible;

La aceptación, partición y adjudicación de herencia es, realmente, un contrato en que todos los herederos acuerdan:

  1. Qué bienes forma en inventario de la herencia (inmueTestamento y herencia en Valenciables, dinero, vehículos, deudas, etc).
  2. Cual valor se le atribuye a cada bien de la herencia.
  3. Lotes que se adjudica cada heredero.

Por ello, se necesita unanimidad de todos.

Cuando hay menores de edad o incapacitados judicialmente, será necesario la aprobación judicial de la herencia, e incluso, en caso de conflicto de intereses entre el tutor y el heredero menor o incapaz, se necesitará el nombramiento de un defensor judicial.

Si algún familiar no tiene la capacidad mental necesaria para aceptar la herencia, o la esté perdiendo por la edad, la demencial senil o el Alzheimer, te aconsejo que vayáis iniciando la incapacitación judicial o legal y el nombramiento de un tutor entre la familia. Pues estos asuntos son lentos y conviene anticiparse.

TIPOS DE PARTICIÓN DE HERENCIA

  • PARTICIÓN AMISTOSA. Es decir, por unanimidad de todos los herederos. La herencia se puede formalizar tanto en una escritura pública antes notario como mediante un documento privado. Si bien, cuando hay inmuebles y se necesita inscribir para vender será necesario hace escritura notarial.
  • REPARTO POR CONTADOR-PARTIDOR, designado en el propio testamento. Como explicamos en un artículo anterior, el contador partidor, es siempre muy útil, sobre todo si quieres evitar que tus hijos discutan por la herencia. El contador partidor es la persona que el testador nombra en su propio testamento para que en caso de que haya discordia, éste firme ejecute lo que el testamento dispone.
  • CONTADOR-PARTIDOR DATIVO, solicitado por el número de herederos que representen el 50% del haber hereditario pueden solicitar el nombramiento de un Contador Partidor el cual hace el reparto de la herencia aún con desacuerdo entre las partes.
  • REPARTO JUDICIAL: Y por último, si no se dan ninguna de las tres opciones anteriores, la única solución lamentablemente es que el reparto se haga judicialmente. Según el artículo 1059 del Código Civil; “cuando los herederos mayores de edad no se entendieren sobre el modo de hacer la partición, quedará a salvo su derecho para que lo ejerciten en la forma prevenida en la Ley de Enjuiciamiento Civil”.

¿Quieres saber como se reparte la herencia con los hijos?…. Pincha AQUÍ

Esperamos haberte sido de utilidad.

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Abel Marín