parejas de hecho en Valencia

PAREJA DE HECHO, ¿Con el mismo derecho?

Aunque existe desde hace mucho tiempo, en los últimos años han proliferado, formas de convivencia distintas al matrimonio, a las que se conoce como pareja de hecho o uniones de hecho.

Dado que la realidad va más rápida que la regulación jurídica, poco a poco se han tenido que ir dictando leyes que regulen este tipo de relaciones.

Estas afectan tanto a los que las componen como en sus relaciones con los terceros.

Al igual que los matrimonios, este tipo de relaciones conllevan una serie de derechos y deberes cada vez más similares al de las relaciones tradicionales.

Requisitos para ser pareja de hecho

Para ser considerado una pareja de hecho es necesario la previa inscripción en el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma correspondiente.

En caso contrario no se considera pareja de hecho y no tendrán los derechos que a estas les corresponden.

No podrán formar una unión de hecho, a los efectos de Ley de Parejas de Hecho de la Comunitat Valenciana:

  1. Las personas menores de edad no emancipadas (entendemos que tampoco los incapaces)
  2. Quienes estén casados o casadas con otra persona, sin estar separados o separadas legalmente de la misma mediante sentencia judicial, y quienes mantengan una unión de hecho formalizada con otra persona.
  3. Quienes sean parientes en línea recta, por consanguinidad o adopción, o colateral, en los mismos términos, hasta el segundo grado.
  4. No podrá pactarse una unión de hecho con carácter temporal o condicional.

Regulación Autonómica de las parejas de hecho

Las parejas o uniones de hecho carecen de una regulación en el ámbito estatal.

Es necesario tener en cuenta la regulación que establecen las Comunidades Autónomas.

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Derechos hereditarios de la pareja de hecho

Ser pareja de hecho no te da derecho a heredar.

El derecho se da en el testamento, si tu pareja muere sin testamento, no heredas nada.

El Código Civil no regula a los miembros de las parejas de hecho como uno de los herederos forzosos cuando fallece el otro, a diferencia de lo que hace con las personas casadas.

A la hora de tributar por dicha sucesión, el Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana, equipara a los cónyuges con las uniones de hecho, por lo que disfrutarán de las mismas reducciones y bonificaciones que si se tratara de un matrimonio.

Pensión de Viudedad para las parejas de hecho

Desde el punto de vista de la pensión de viudedad, la Seguridad Social exige, que cuando uno de los miembros de la pareja de hecho fallece, para que el otro tenga derecho a la pensión de viudedad, deba reunir una serie de requisitos adicionales a los que corresponden a las personas casadas.

Los requisitos son los siguientes:

  • Acreditar convivencia inmediata al fallecimiento y de duración no inferior a 5 años.
  • Inscripción en el registro de parejas de hecho al menos dos años antes del fallecimiento.
  • Que los ingresos del que sobrevive sean inferiores a 1,5 veces el salario mínimo interprofesional.
  • Que el que solicita la pensión no haya ganado más de la mitad del total de lo que ganaron los dos miembros el año anterior al fallecimiento.

Desde el punto de vista laboral, casados y parejas de hecho tienen derecho a la maternidad y paternidad.

Respecto a los días de descanso tras el matrimonio o la inscripción de la pareja, los funcionarios tienen 15 días de descanso.

El resto de trabajadores habrá que estar a lo que diga el convenio correspondiente pues el Estatuto de los Trabajadores no regula tal realidad.

Estos son algunos ejemplos en Abogados de parejas de hecho en Valenciadiferentes ámbitos donde las parejas de hecho tienen derechos similares a los de las personas casadas.

No obstante, debería procederse a llevar a cabo una regulación integral de este tipo de relaciones a nivel nacional, pues se trata de relaciones cada vez más comunes y cuyos miembros no tienen porque sentirse desprotegidos o con menos derechos por no seguir una pauta que ha venido siendo la tradicional en nuestro país.

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Lo cierto es que muchas personas conviven muchos años sin estar casados y ni siquiera inscritos como pareja de hecho, lo cual es respetable.

No obstante, aconsejamos firmar documentos o acuerdos que regulen ciertas cuestiones tanto para los casos de separación, muerte o pérdida de capacidad mental, y sobre todo testamento.

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Abel Marín