Donar en vida

¿Es mejor donar en vida?

Muchas veces escuchamos la frase de: “es mejor donar en vida que en herencia” pero no podemos generalizar.

¿Cuáles son los impuestos que afectan a las donaciones en vida?

El impuesto de donaciones

Al igual que el impuesto de sucesiones es distinto en cada comunidad autónoma.

En las donaciones de padres a hijos, la ley establece que no habrá que pagar siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que la donación no exceda de 100.000 €. Puede recibirse 100.000 € de cada progenitor.
  • Se haga mediante escritura pública ante notario.
  • Que se liquide el impuesto de donaciones, como exento, en el plazo de 1 mes.

Otros requisitos:

  • Que el donatario no haya recibido del donante, en los cinco años inmediatos anteriores, otra donación.
  • El donante no haya tenido derecho a reducción en los diez años anteriores.
  • Que el que hace la donación no hubiera adquirido por herencia los mismos bienes u otros de valor equivalente en los diez años anteriores, como consecuencia de una renuncia.
  • El patrimonio previo del donatario no excede de 600.000 €.

Tratándose de donaciones entre parientes de grado más lejano o entre personas que no tienen relación de parentesco, el impuesto de donaciones saldrá a pagar existiendo coeficientes multiplicadores cuando más lejano sea el parentesco.

Impuesto de Plusvalía

Tratándose de inmuebles urbanos, el impuesto de plusvalía se calcula en función del valor catastral del suelo y de los años que se ha tenido en propiedad el inmueble.

pagar la plusvalía

El IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas)

Las donaciones de inmuebles son consideradas por Hacienda como una ganancia patrimonial que debe tributar en la renta. Al igual que si lo vendiéramos. En cambio, la donación de dinero no repercutirá en la declaración de la renta.

Ahora, comparemos los tres impuestos con sus equivalentes o similares en las herencias…

El equivalente al impuesto de donaciones, en el caso de herencias sería el impuesto de sucesiones.

También tenemos exentos los 100.000 € tratándose de padres a hijos. Pero, a diferencia del impuesto de donaciones, existe la reducción de vivienda habitual; el 95 % de su valor está exento reuniendo una serie de requisitos.

Además, tratándose de donaciones entre cónyuges, no se tiene la reducción de 100.000 €, reducción que sí que se tiene en el impuesto de sucesiones.

Y en las donaciones no hay reducciones para parentescos más lejanos de padres e hijos. En cambio, en el de sucesiones estos parentescos tienen exentos 7.993,46 €.

En cuanto al impuesto de plusvalía…

A diferencia de las donaciones, tratándose de la vivienda habitual, en función del municipio, existen bonificaciones que pueden ir del 25 % al 95 %.

Por último, el IRPF…

Recibir un inmueble por herencia no repercute en la renta.

Vistas las repercusiones fiscales de donaciones y sucesiones, podemos decir que:

“Será más conveniente donar o heredar según el caso en concreto”

Donar en vida

Analizado desde el punto de vista fiscal donaciones y herencias, vamos a ver donar en vida desde el punto de vista civil.

Para ello, vamos a ver que las donaciones pueden hacerse de manera pura y simple o como mejoras. Además, pueden ser colacionables o no colacionables.

Las donaciones puras y simples

Son aquellas que se hacen sin condición.

Las donaciones como mejoras

Son aquellas que tienen como finalidad mejorar al donatario, que es uno de los hijos.

Tanto una como otra pueden ser colacionables o no.

¿Qué es la Colación?

La colación es la obligación de imputar lo recibido en vida como un anticipo de la herencia.

Es muy importante, cuando se hace una donación, que se haga constar en la escritura con cargo a qué tercio de la herencia se hace, ya sea al tercio de legítima estricta, al de mejora o al de libre disposición.

Coste fiscal herencia donar en vida

Ejemplo: pensemos en un padre que hace a cada uno de sus dos hijos una donación.

La primera la hace pura y simple y colacionable. En el momento que fallezca, el hijo deberá traer el valor de dicha donación a la herencia y entenderse que ya ha recibido dicha cantidad y por tanto el hermano debe recibir una cantidad igual.

La segunda donación se hace con cargo al tercio de mejora y es colacionable. Cuando fallezca, el hijo tendrá que traer a la herencia el valor de lo recibido, pero no se tendrá en cuenta a la hora de determinar lo que a cada hijo corresponde al tratarse de una mejora.

Tan solo deberá traerse a la herencia lo recibido a pesar de ser no colacionable cuando no se respeta la legítima de los herederos forzosos, con ello evitamos las desheredaciones encubiertas.

Cuando hablamos de traer a la herencia o de colacionar un bien, no significa que ese bien en concreto deba volver al patrimonio del fallecido. Lo que se trae es el valor del bien en el momento de la partición de la herencia.

Consejo si vas a donar en vida:

Si vas a hacer una donación, tenla en cuenta desde el punto de vista fiscal y civil, porque lo que pensamos que es una solución puede resultar siendo el mayor de los problemas.

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Donaciones frente a Herencias ¿𝗘𝘀 𝗺𝗲𝗷𝗼𝗿 𝗱𝗼𝗻𝗮𝗿 𝗲𝗻 𝘃𝗶𝗱𝗮?

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Jorge Martorell