Juana Rivas condenada a prision divorcio y maltrato Abogados

Juana Rivas condenada a prisión por no entregar a sus hijos a su padre

Hace un par de semanas se hizo pública la polémica sentencia a Juana Rivas por la custodia de los hijos, en la que un juez la condena a una pena de cinco años de prisión por no entregar a sus hijos a su padre.

El Juzgado de lo Penal nº1 de Granada, en sentencia fechada el mismo día de la celebración del juicio oral, ha condenado a Juana Rivas Gómez a un total de cinco años de prisión y a la privación de la patria potestad de sus dos hijos menores durante seis años.

El motivo ha sido la comisión de dos delitos de sustracción de menores, uno por cada hijo. Ello se debe a que no respetó la custodia de los hijos que tenía marcada con su pareja.

Se trata de un caso que ha adquirido mucha repercusión mediática desde hace poco menos de un año.

¿Qué ocurrió exactamente con el caso de Juana Rivas?

Juana Rivas Gómez, tuvo dos hijos en común con el italiano Francesco Arcuri.

Tras haber residido en España, donde la pareja estuvo durante un tiempo separada en 2009 en que Francesco resultó condenado por un delito de malos tratos, se reconcilió y se trasladó a Italia donde fijó la residencia de toda la familia.

El 18 de mayo de 2016 Juana Rivas Gómez viajó a Granada con sus hijos para visitar a la familia.

Mostrando intención de volver en un mes a la residencia familiar, llegado el momento, no lo hizo y en lugar de ello, con fecha 12 de julio de 2016 interpuso denuncia por malos tratos contra Francesco en el Juzgado de Violencia número 2 de Granada.

Allí manifestó al padre de sus hijos que se hallaba enferma y no iba a regresar en la fecha prevista, cuando en realidad había adoptado la decisión de no volver a Italia y quedarse con los menores en Granada.

Dicha decisión la comunicó a su entonces pareja con fecha 2 de agosto de 2.016.

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¿Y la custodia de los hijos?

Por otra parte, el 23 de junio de 2017 un tribunal italiano otorgó a Francesco Arcuri la custodia de sus dos hijos.

Posteriormente, el padre de los niños instó un procedimiento de devolución de menores ante el Ministerio de Justicia de Italia, invocando el convenio Internacional de La Haya el 25 de octubre de 1980.

El Estado italiano lo remitió al Ministerio de Justicia español, y este, al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada.

Éste último dictó sentencia, en la que acordó la inmediata restitución de los menores Gabriel y Daniel a Italia como Estado de residencia habitual de los dos niños.

La sentencia fue confirmada por la Audiencia Provincial de Granada.

En julio de 2017 el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada dictó auto de ejecución forzosa, pues la acusada no había cumplido el fallo de la sentencia de la custodia de los hijos.

El Juzgado le requirió en dos ocasiones que entregase a los menores, desatendiendo el mismo y sin dar explicación sobre su inasistencia hasta su entrega veintiocho días después.

No sólo incumplió la sentencia de la custodia de los hijos, sino que también alegó maltrato…

Juana Rivas justificó la falta de entrega de sus hijos a su padre, la necesidad de protegerlos y de huir del maltrato.

Sin embargo, la sentencia determina que no se comprende que si fue maltratada en Italia al nivel que ella declaró, de tortura y terror, no denunciara allí en esos momentos, tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas conductas, similar a la nuestra.

Y sobre todo «pesa a la hora de restar credibilidad, que el médico forense, no haya apreciado en el menor vestigios de maltrato ni de haberlos presenciado hacia la persona de la madre«.

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El juez también reprocha a Juana Rivas haber explotado “el argumento del maltrato” para su causa (la segunda denuncia que interpuso contra Francesco Arcuri por violencia de género tras la condena en 2009, se mantiene a día de hoy paralizada en Italia).

La sentencia concluye que:

Juana Rivas sabía que tenía la obligación de entregar a los menores al padre y que de forma consciente y deliberada lo incumplió.

El fallo, frente al que la condenada ha anunciado que va a recurrir en apelación, le obliga además, a indemnizar a su ex pareja con 30.000 Euros, le condena al pago de las costas procesales y a la pena accesoria de privación del derecho de sufragio pasivo.

Esta resolución, al igual que ocurrió con la sentencia del caso de La Manada, ha provocado de nuevo una ola de protestas por parte de diversas plataformas, considerándola demostrativa del sesgo machista de nuestro ordenamiento jurídico y han llegado a conseguir reunir más de 250.000 firmas pidiendo el indulto de la madre condenada.

Por su parte, el Tribunal italiano, encargado de decidir sobre la custodia de los hijos menores, el 6 de agosto, ratificó el régimen fijado para que este verano Juana Rivas pueda pasar quince días consecutivos con sus hijos en Italia, desestimando su petición consistente en que los niños pudieran regresar con ella a España durante las vacaciones de verano.

Así mismo, el tribunal ha fijado para el próximo 27 de septiembre una vista en la que se ratificará el informe de los peritos que en los últimos meses han analizado la situación de Arcuri, Rivas y sus hijos para determinar la custodia de los niños.

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Rocío Ocaña Villena
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